Acuerdo entre los Comandos Ernesto Rojas y el Gobierno Nacional

COMANDOS ERNESTO ROJAS

ACUERDO ENTRE LOS COMANDOS ERNESTO ROJAS Y EL GOBIERNO NACIONAL

PROTOCOLO

En la ciudad de Santafé de Bogotá, a los 20 días del mes de marzo de 1992, se reunieron una delegación de la Consejería Presidencial para la Paz, en representación del Gobierno Nacional, y el equipo de Conducción de los Comandos Ernesto Rojas integrantes del antiguo Ejército Popular de Liberación, con el fin de protocolizar el siguiente Acuerdo:

1- Tanto el Gobierno Nacional como los Comandos Ernesto Rojas coinciden en la necesidad de implementar y desarrollar soluciones pacíficas al conflicto armado existente en Colombia.

El Gobierno Nacional ratifica su voluntad de lograr mediante acuerdos efectivos la reincorporación a la vida civil de todos aquellos que por razones políticas han decidido alzarse en armas contra las instituciones y el régimen existente. Por su parte los Comandos Ernesto Rojas expresan que los colombianos deben darse la oportunidad de lograr la paz y la convivencia.

2- Los Comandos Ernesto Rojas se acogen a los acuerdos suscritos por el Gobierno Nacional y el Ejército Popular de Liberación el 15 de febrero de 1991.

3- El Gobierno Nacional a partir del Decreto 1943 del 12 de agosto de 1991 concede los beneficios del indulto o amnistía según lista de personas presentadas por los Comandos Ernesto Rojas (anexo No 1). La Consejería para la Paz remitirá al Ministerio de Justicia dicho listado en las veinticuatro horas siguientes a la firma del presente protocolo, con el fin de cumplir los trámites establecidos en el capítulo II del Decreto 1943.

El listado podrá aumentarse en cuatro personas en los ocho días siguientes a la firma del Protocolo.

4- No serán beneficiarios del indulto o amnistía todas aquellas personas que sean reincidentes tras la cesación de procedimiento establecida por el Gobierno Nacional en el Decreto 213 del 21 de enero de 1991 como producto de las negociaciones realizadas en su momento con el Ejército Popular de Liberación.

5- El Gobierno Nacional promoverá la puesta en marcha de los mecanismos de seguridad necesarios para que los miembros de los Comandos Ernesto Rojas se puedan desenvolver en la vida civil normalmente. En este contexto, el Gobierno Nacional adelantará las gestiones necesarias para la salida al exterior de tres miembros de los Comandos Ernesto Rojas. Así mismo, el Gobierno Nacional con base en las normas legales, coordinará las acciones pertinentes para que los miembros de los Comandos Ernesto Rojas, según listado anexo No.2, sean habilitados para el porte legal de armamento.

6- Los integrantes de los Comandos Ernesto Rojas del listado Anexo No.3 serán beneficiarios del programa de Reinserción establecido en los acuerdos firmados por el Gobierno Nacional con el Ejército Popular de Liberación. En tal sentido quedan sujetos a las actas complementarias a que hubiere lugar, firmadas por ambas partes.

7- Para los efectos del desarrollo y seguimiento del programa de reinserción, los Comandos Ernesto Rojas estarán representados por Alex Chacón Usquiano ante la Dirección Presidencial para la Reinserción.

8- Los Comandos Ernesto Rojas hacen dejación de armas las cuales serán fundidas en Santafé de Bogotá, en total reserva, tras un plan de recolección definido previamente por las parte en donde incluye el listado general de armas (Anexo No. 4) y el itinerario a seguir.

9- La existencia de este hecho será dada a conocer a la opinión nacional mediante un comunicado conjunto.

10- Como constancia histórica, las partes definen como testigos del presente Protocolo a la Iglesia Colombiana, a un representante del Senado de la República designado por su Presidente y al ex Constituyente Darío Mejía.

FIRMADO EN LA CIUDAD DE SANTAFÉ DE BOGOTA
EL 20 DE MARZO DE 1992

Por el Gobierno Nacional

GONZALO DE FRANCISCO
Consejería para la Paz

EDUARDO DIAZ URIBE
Consejería para la Paz

JOSE NOE RIOS
Consejería para la Paz

JHON GOMEZ MARTINEZ
Director Programa Presidencial para la Reinserción

Por los Comandos Ernesto Rojas

ALEX CHACON
HECTOR TANGARIFE

Testigos

CARLOS ESPINOSA FACCIO LINCE
Presidente del Senado de la República

Presbítero FERNANDO GARCÍA
Secretario Pastoral Social Conferencia Episcopal

DARÍO MEJÍA
ExConstituyente

En la condición de reinsertados de EPL
JAIRO DE J. ECHEVERRI MONTOYA.
JOSE MORENO ROJAS.