En libertad, por pena cumplida

COMUNICADO: EN LIBERTAD, POR PENA CUMPLIDA
 
El ELN, como Organización revolucionaria que ejerce poder político para la construcción de una nueva sociedad en Colombia, hace uso de la justicia revolucionaria, construida por principios éticos y morales, fundamentada en el derecho humanitario y la dignidad humana.
 
Nuestra justicia se distingue de la justicia burguesa, debido a que aplica condenas de carácter humanitario, no busca ensañarse contra los integrantes de los organismos de seguridad e inteligencia, o las fuerzas armadas del enemigo y los juzga de acuerdo a su grado de compromiso y responsabilidad en las conductas que consideramos contrarias a la dignidad humana, a la vida e integridad del pueblo. Así mismo, contempla mecanismos de rebaja de penas, por buen comportamiento y colaboración eficaz con la Organización, en relación con las conductas desarrolladas.
 
El Frente de Guerra Oriental Comandante en Jefe Manuel Vásquez Castaño del Ejército de Liberación Nacional ELN, procedió a revisar el tiempo, conducta y colaboración, del proceso de condena de los señores funcionarios FRANKI ESLEY HOYOS MURCIA, identificado con la cédula de ciudadanía número 1.022.948.578 y YORDIN FABIÁN PÉREZ MENDOZA, identificado con la cédula de ciudadanía número 1.121.910.844, agentes de policía nacional DIJIN, y hacer la sumatoria correspondiente de tiempo físico, descuento por conducta, disciplina y colaboración.
 
Los mencionados funcionarios fueron condenados a 36 meses de prisión revolucionaria por este tribunal revolucionario. Al cumplirse un año de tiempo físico en prisión, procedemos a revisar y hacer la sumatoria de tiempo. Teniendo en cuenta que nuestra justicia es ágil, justa y que busca reintegrar al imputado a la sociedad, como un ser de bien y que sus actuaciones sean de ejemplo a la sociedad y la familia, teniendo en cuenta que allí no se consumen drogas, licor, ni se permiten riñas personales, por el contrario, se busca la reincorporación, reflexión y humildad del personal para que sean seres útiles a la sociedad, al retornar al interior de sus familias.
 
Los señores FRANKI ESLEY HOYOS MURCIA y YORDIN FABIÁN PÉREZ MENDOZA, en momento llevan 12 meses cumplidos, mas 12 de descuento del uno por uno, en total serian 24 mese cumplidos, mas 6 meses por buena conducta, para un total de 30 meses, por colaboración y convivencia 6 meses; lo que equivale a 36 meses en prisión. Este tribunal considera que ya la condena se ha cumplido en su totalidad. 12, físicos, 12 por descuento, 6 por buena conducta y convivencia, 6 por colaboración plena.
 
En tal razón, este tribunal procedió a hacer la solicitud al Mando Político Militar Estratégico del FGO, de expedir la boleta de libertad plena, por pena cumplida, para FRANKI ESLEY HOYOS MURCIA y YORDIN FABIÁN PÉREZ MENDOZA.
 
¡Colombia para los trabajadores,
¡Ni Un Paso Atrás, Liberación o Muerte!
 
¡Ni Rendición Ni Entrega,
¡Siempre Junto al Pueblo!
 
Mando Político Militar Estratégico
Frente de Guerra Oriental
Ejército De Liberación Nacional
 
Montañas, Selvas, Sabanas y Ciudades del Oriente Colombiano
Junio 16 de 2026