Carta al presidente de la República y al Alto Comisionado para la Paz

CARTA AL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y AL ALTO COMISIONADO PARA LA PAZ

Junio 2 de 1995

Señor
ERNESTO SAMPER
Presidente de la República

Doctor
CARLOS HOLMES TRUJILLO
Alto Comisionado para la Paz

Santafé de Bogotá, D.C.

CUANDO LOS CONFLICTOS desbordan los límites de la civilidad, más que necesario se torna urgente tender puentes para explorar nuevos caminos. En ese sentido reiteramos nuestra ferviente voluntad de hacernos partícipes de un renovado esfuerzo por la paz en Colombia; que encarna el verdadero propósito de nuestra lucha.

Debido a la carencia de actuales canales de comunicación que con otros factores dificultan un acercamiento eficaz, solicitamos la creación inmediata de una comisión facilitadora compuesta por las siguientes personas:
Un delegado de la comisión de paz del departamento del Cauca;
Profesor Libardo Orejuela Bueno;
Germán Rojas Niño;
Alfonso Lizarazo;
Monseñor Héctor Gutiérrez Pabón;

De igual manera se torna imperiosa la necesidad de adelantar los primeros pasos, delimitando una zona de distensión para realizar un primer encuentro. Proponemos entonces la total desmilitarización de la zona montañosa de los municipios de Florida, Miranda y Corinto por un tiempo de cuarenta y cinco días para facilitar la presencia de nuestros voceros y un desarrollo tranquilo, sin tropiezos de las primeras conversaciones que son las que fijarán las condiciones para el diálogo nacional. Además, acordar un sistema de transporte para nuestros delegados.

Por razones de equidad y de la transparencia que requiere el proceso, el movimiento insurgente debe ser reconocido públicamente como interlocutor político. Por lo tanto, el Gobierno debe poner fin a las declaraciones aisladas del Ministerio de Defensa y de miembros de la fuerza pública que utilizan epítetos descalificando el carácter político de la lucha armada, constituyéndose así en una amenaza permanente que muestran al Gobierno dividido, contradictorio e incoherente. En ese orden de ideas no sobra subrayar los artículos 189 y 219 de la constitución nacional que plantean expresamente al Presidente como comandante supremo de las Fuerzas Armadas y le da el carácter a estas (las Fuerzas Armadas), de una institución no deliberante, cosa que ellos incumplen de facto en sus hechos y declaraciones.

La historia nos da motivos suficientes para exigir garantías plenas del respeto de las instituciones armadas al desarrollo de las conversaciones de paz y de los posibles acuerdos. Ratifica esto la necesidad de un primer encuentro para fijar de manera diáfana las condiciones de los diálogos.

Cordialmente,

MOVIMIENTO JAIME BATEMAN CAYÓN
Comandancia general

Montañas de Colombia