La Habana, Cuba, sede de los diálogos de paz, agosto 27 de 2013
PARTICIPACIÓN POLÍTICA PARA LA DEMOCRATIZACIÓN REAL, LA PAZ CON JUSTICIA SOCIAL Y LA RECONCILIACIÓN NACIONAL
Seis propuestas mínimas para la Participación social y popular en el proceso de la política pública y de la planeación y, en especial, de la política económica.
En desarrollo de las propuestas para la Participación política para la democratización real, la paz con justicia social y la reconciliación nacional, se presenta el siguiente conjunto de iniciativas correspondiente al segundo punto sobre Participación social y popular en el proceso de la política pública y de la planeación y, en especial, de la política económica:
1. Proceso de la política pública democrática y con participación social y popular.
2. Participación social y popular en los organismos del CONPES, del CONFIS y de la Junta Directiva del Banco de la República.
3. Procesos de planeación democráticos y con participación social y popular.
4. Procesos de política presupuestal democráticos y con participación social y popular
5. Contraloría social a los planes de desarrollo y presupuestos públicos.
6. Política macroeconómica para el buen vivir de la población y un verdadero Estado social de derecho.
1. Proceso de la política pública democrático y con participación social y popular
En consideración a que el sistema político y de representación electoral que sirve de fundamento al proceso de la política pública no es expresivo de las aspiraciones democráticas de la sociedad, dadas sus configuraciones fraudulentas y su precaria legitimidad, y como parte de la necesaria democratización política y social, se deben proveer los correspondientes diseños institucionales a fin de garantizar la participación política y social en el proceso de la política pública; esto es, en su diseño, implementación y evaluación. Las definiciones acerca de la orientación estratégica del proceso económico, de la política macroeconómica, así como de la inserción de la economía colombiana en la economía mundial y en los procesos de integración, no puede ser un asunto exclusivo de élites y poderosos grupos económicos, o de corporaciones transnacionales, representados en las instancias decisorias de los poderes ejecutivo y legislativo y en el pensamiento tecnocrático. Tales definiciones deben ser el producto de la deliberación y la concertación democráticas. Para avanzar en ello, se propone la conformación del Consejo Nacional de la Política Pública Democrática y Participativa, encargado de la definición de propósitos y lineamientos en esa materia, atendiendo el principio y la garantía de la soberanía nacional, los intereses de los desposeídos y su buen vivir, así como la materialización efectiva de los derechos consagrados constitucionalmente. En dicho Consejo, además de la representación del poder ejecutivo y del poder legislativo, y de los gremios económicos, estarán representados los trabajadores organizados, las comunidades campesinas, indígenas y afrodescendientes y demás sectores sociales excluidos, especialmente los jóvenes y las mujeres. La democratización del proceso de la política pública comprende iguales diseños orientados a la inclusión y el fortalecimiento de las diversas formas de economía popular.
2. Participación social y popular en los organismos del CONPES, del CONFIS y de la Junta Directiva del Banco de la República.
Con el propósito de estimular la participación social y popular y de promover la transparencia y el control social en las orientaciones y decisiones de política económica, se proveerá los correspondientes diseños institucionales. Se ampliará la conformación del Consejo Nacional de Política Económica y Social, CONPES, máxima autoridad de planeación, incorporando representantes de los trabajadores organizados, así como de las comunidades campesinas, indígenas y afrodescendientes, quienes serán designados atendiendo su respectiva autonomía y la requerida idoneidad técnica. En igual sentido se procederá con el Consejo Superior de Política Fiscal, CONFIS, o con los CONFIS territoriales, organismos rectores de la política fiscal y coordinadores del sistema presupuestal. Cuando lineamientos o actuaciones del CONPES comprometan regiones o territorios específicos, o políticas sectoriales, serán invitados representantes de las comunidades o de los trabajadores afectados. Se reconocerá y garantizará la iniciativa de los representantes de los sectores sociales y populares en estos organismos. En el caso de la Junta Directiva del Banco de la República, al menos uno de sus integrantes deberá ser elegido democráticamente de candidatos postulados por los trabajadores organizados, las comunidades campesinas, indígenas y afrodescendientes, atendiendo la requerida idoneidad técnica.
3. Procesos de planeación democráticos y con participación social y popular.
Los procesos de planeación serán democráticos y participativos en las etapas de elaboración, discusión, aprobación y ejecución, en los niveles nacional, departamental y municipal. Se proveerán los diseños institucionales para garantizar la participación social y popular, sin perjuicio y con el perfeccionamiento de las funciones del poder legislativo y del poder de control constitucional en esta materia. Los Consejos de Planeación serán fortalecidos en todos sus niveles y se les reconocerá mayor protagonismo en el proceso de la planeación; su conformación será ampliada con representantes de los procesos populares y de las comunidades organizadas; gozarán de autonomía plena en la elección de sus integrantes, la cual será mediante elección directa; sus decisiones tendrán carácter vinculante. Los diseños institucionales deberán, en todo caso, garantizar el reconocimiento de la iniciativa popular en materia de planeación.
4. Procesos de política presupuestal democráticos y con participación social y popular.
El proceso de la política presupuestal será democrático y participativo en las etapas de elaboración, discusión, aprobación y ejecución, en los niveles nacional, departamental y municipal. Se proveerán los diseños institucionales para garantizar la participación social y popular, sin perjuicio y con el perfeccionamiento de las funciones del poder legislativo y del poder de control constitucional en esta materia. Los presupuestos públicos serán participativos y deberán atender los requerimientos de las Asambleas ciudadanas y de los Cabildos, en sus diferentes niveles, las cuales tendrán carácter decisorio, especialmente cuando las demandas de asignación de recursos de gasto comprometan el respectivo nivel territorial. Se conformarán los Consejos de la política presupuestal en el nivel nacional departamental y municipal, con participación de los procesos populares y de las comunidades organizadas; sus integrantes serán escogidos autónomamente en elección directa. Sus decisiones tendrán carácter vinculante. Los diseños institucionales deberán, en todo caso, garantizar el reconocimiento de la iniciativa popular en materia de política presupuestal. Se conformará una Auditoría especial, integrada por expertos nacionales e internacionales para dictaminar acerca de la legitimidad histórica del endeudamiento público. Tal auditoría deberá producir un informe sobre el proceso de contratación de la deuda y sobre el destino final de los recursos. En ningún caso, el servicio de la deuda pública deberá comprometer las funciones sociales del Estado.
5. Contraloría social a los planes de desarrollo y presupuestos públicos
Sin perjuicio de las funciones constitucionales y legales de la Contraloría General de la República, para efectos de garantizar la participación social y popular y velar por el cumplimiento de los planes de desarrollo y los presupuestos públicos se creará la Contraloría social. La Contraloría social es un organismo autónomo, colegiado, cuya funciones principales consisten en promover la participación de la ciudadanía y la comunidad en la supervisión, control y seguimiento de los planes y presupuestos; estar informada e informar a la ciudadanía y la comunidad acerca de la ejecución de programas y proyectos de inversión ejecutados en los distintos niveles de gobierno, verificar su implementación y el cumplimiento de los resultados, y garantizar la administración y ejecución transparente y efectiva de los recursos, servicios y obras para el buen vivir de la población. La elección de los integrantes de la Contraloría social, en sus diversos niveles, será directa, atendiendo criterios de idoneidad, ética de lo público y compromiso social.
6. Política macroeconómica para el buen vivir de la población y un verdadero Estado social de derecho
Se reformarán los regímenes constitucionales de banca central y de sostenibilidad fiscal, considerando que sus diseños están concebidos principalmente para responder a los requerimientos de garantía de los organismos multilaterales y de las calificadoras de riesgo para el pago del servicio de la deuda pública y de control de la inflación, antes que en función de la materialización de los derechos de la población. El mandato constitucional al Banco de la República de preservar el poder adquisitivo de la moneda, será ampliado para incluir su compromiso con el crecimiento y el desarrollo económicos y la generación de empleo. Frente al régimen de autonomía deberán fortalecerse los controles del poder legislativo, en atención a su actual precariedad. Sus miembros deberán ser elegidos democráticamente considerando criterios de experticia, mérito y compromiso social. Se establecerá igualmente el control y la veeduría ciudadana. Para tal efecto, se conformará una “Comisión de seguimiento de decisiones de política monetaria y cambiaria”, conformada por académicos expertos y por representantes de las organizaciones sociales y populares. Se suprimirá el techo fiscal impuesto a la Constitución por el principio de la sostenibilidad fiscal y su desarrollo legal, la regla fiscal, que limita las condiciones de financiación de los derechos. En lugar de un Estado fiscal de derecho lo que la población reclama es un verdadero Estado social y democrático de derecho, que garantice el buen vivir y la soberanía económica de la Nación.