Habana, Cuba, sede de los diálogos de Paz, febrero 25 del 2015
El Estado no puede actuar como juez y parte.
Las FARC-EP reiteran que un acuerdo político nacional para la justicia real y material será el garante de la paz.
En desarrollo de sus diez propuestas mínimas sobre Derechos integrales de las víctimas para la paz y la reconciliación nacional, Las FARC-EP presentaron ante la prensa colombiana y extranjera, las derivaciones de la octava propuesta referida a la “Definición concertada de mecanismos e instrumentos de justicia para garantizar los derechos de las víctimas del conflicto”.
En la voz del Comandante Pastor Alape, la guerrilla explicó que ya en una primera definición general de la propuesta, se establece que “los criterios, instancias, mecanismos e instrumentos de justicia, a aplicar con el fin de garantizar los derechos de las víctimas del conflicto, serán definidos de manera concertada por las partes”. De ahí se desprenden las demás conceptualizaciones de la insurgencia, superando los tradicionales marcos teóricos institucionales que hasta ahora han impuesto cierta idea equívoca de verdad, justicia, reparación y no repetición plegándola a los condicionamientos punitivos de tinte contrainsurgente contenidos en el unilateral Marco Jurídico para la Paz del gobierno.
El contenido de su octava propuesta se basa en recordar el “carácter de imputable principal que tiene el Estado” en la confrontación que padece Colombia y la “condición de organización político-militar” de la guerrilla, lo cual debe abrir paso al presupuesto principal del “reconocimiento amplio del delito político y del derecho a la rebelión, incluidas las conexidades, con todo lo que ello implica”.
Con este enfoque, las FARC-EP presentaron nueve subpuntos que incluyen su visión sobre el asunto de la justicia, rechazando la posibilidad de que el Estado pueda actuar como juez y parte del conflicto y abogando, entre otros asuntos, porque se aborde el tema reconociendo la doctrina y la jurisprudencia del "margen de apreciación nacional".
Como inicio de este ciclo 33 de conversaciones, el comandante Pastor Alape se refirió particularmente a los sub-puntos 8.1 y 8.2, concernientes a la definición de justicia como finalidad transformadora y crítica del orden social vigente, en la que se plantea, fuera de la visión de la justicia restringida a lo penal concebirla “como un proceso en permanente construcción para superar las desigualdades sociales....; Una justicia emergente debe cuestionar la noción dominante y jurídica de víctimas”, puntualizan en el primer numeral. En el segundo, señalaron que debe haber un “Acuerdo político nacional para la justicia real y material garante de la paz estable y duradera”. Debe ser, según las FARC-EP, un acuerdo político “que supere sustancialmente los contornos y dimensiones de los diseños normativos y los debates sobre la llamada justicia transicional”, lo cual debe darse partiendo “del reconocimiento de las responsabilidades principales emanadas del orden social vigente y del propio Estado en el origen y la persistencia del conflicto”.
Oficina de prensa de la Delegación de Paz FARC-EP.